CONSEJO DE PADRES AÑO 2020
GRUPO |
NOMBRE |
TELEFONO |
ESTUDIANTE |
PREESC |
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||
PRIMERO |
MANUEL FERNANDO LEÓN ROJAS |
3005283739 |
SOFÍA LEÓN MORALES |
PRIMERO |
LINA IBETH FRANCO PORTELA |
5873891 |
ISABELLA SILVESTRE FRANCO |
PRIMERO |
WENDY ANDREA SALDARRIAGA MEJIA |
3014554313 |
MATIAS SALAMANCA MEJIA |
SEGUNDO |
MARVIN MATUTE |
3054210668 |
CLAUDIA SÁNCHEZ |
SEGUNDO |
YHEISON ANDRÉS CORRALES MEJÍA |
3504434519 |
GABRIELA CORRALES F. |
SEGUNDO |
LEIDY TATIANA CALDERÓN |
3206231546 |
SEBASTIÁN ZAPATA |
SEGUNDO | LUZ MARINA MADRIGAL | 3172782052 | MELISSA CASTAÑO |
TERCERO |
CLAUDIA CÓRDOBA SANTA MARÍA |
3015990302 |
SALOMÉ CÓRDOBA |
CUARTO | |||
QUINTO |
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SEXTO 1 |
YULIBELTE RODOLFO C. |
3002777713 | CRISTOPHER JIMÉNEZ |
SEXTO 1 | LINA MARÍA TANGARIFE | 3052504578 | MATEO GUZMÁN |
SEXTO 2 | VERÓNICA ALZATE | 3217127762 | JUAN DAVID ARIAS A |
SEPTIMO 1 |
NADIA ZULETA |
3117966284 |
CAMILO VARGAS ZULETA |
SEPTIMO 1 |
SANDRA BERRIO |
3002251245 |
ALEJANDRO ORREGO |
SEPTIMO 2 |
CLAUDIA P. YHANNES |
3178683187 |
JERÓNIMO GUTIÉRREZ |
OCTAVO 1 |
M. DORIE CHICA CORREA |
3008396953 |
JOHAN LOZANO C |
OCTAVO 1 |
DINA LUZ SAMPAYO |
3148892168 |
YAMPOL PÉREZ |
OCTAVO 1 |
MARLY LORENA CASTRO |
3213405911 |
JUAN ESTEBAN CHICA |
NOVENO 1 |
MARTHA FRANCO |
4178650 |
NIHAN DANIELA PÉREZ |
NOVENO 1 |
PATRICIA PEDRAZA OVALLE |
3104661605 |
SARA VALERIA AYALA |
NOVENO 2 |
ASTRID CELENE RODRÍGUEZ |
3104429747 | HEILY GÓMEZ RODRÍGUEZ |
DECIMO 1 |
LINA MARÍA MIRA |
3148467819 | ESTEFANÍA GÓMEZ |
ONCE 1 |
DARÍO CASTAÑO MONTOYA |
3147240439 |
LORENA CASTAÑO JUAN PABLO CASTAÑO |
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE PADRES: CLAUDIA P. YHANNES
Consejo de Padres de Familia. (Decreto 1286/ 2005); El consejo de padres de familia es un órgano de la participación de los padres de familia del establecimiento educativo destinado asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio, No requiere registro ente ninguna autoridad y para pertenecer a él no se podrá establecer cuotas de afiliación o contribución económica de ninguna especie. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del rector/a o por derecho propio. Las sesiones del consejo de padres serán presididas por un padre de familia, elegido por ellos mismos.
INTEGRANTES DEL CONSEJO DE PADRES. El consejo de padres se integrara con unmínimo de uno (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los grados que ofrece la institución.
Elección del consejo de padres
- Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el Rector/a del establecimiento educativo convocara a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de padres de familia.
- La conformación del consejo de padres es obligatoria y así deberá registrarse en el Manual de Convivencia.
- La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuara en reunión por grado, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión.
Elección de los/as representantes de los padres de familia al consejo directivo.
- El consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el Rector/a del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros treinta días del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo. Los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos por un periodo adicional.
- Los representantes de los padres de familia ante el consejo directivo deben ser padres de estudiantes del establecimiento educativo.
- Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no podrán ser representantes de los padres de familia en el consejo directivo del mismo establecimiento en que laboran.
FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES. El consejo de padres tiene las siguientes funciones:
- Contribuir con el Rector/a en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de estado.
- Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencia y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.
- Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadanía y la creación de la cultura de la legalidad.
- Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
- Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la practica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.
- Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.
- Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.
- Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
- Elegir al padre de familia que participara en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el decreto 230 de 2002.
- Presentar las propuestas de modificación del PEI. que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del decreto 1860/94.
- Elegir los dos representantes se los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2 del articulo 9 (decreto 1286/05)